¿Nuclear y gas? Quizá, gracias¿Nuclear y gas? Quizá, gracias

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Al hilo de la reciente controversia sobre la financiación de las inversiones en gas y en energía nuclear, os explicamos qué es la taxonomía ambiental europea y cuáles son sus objetivos.

Corre el año 2050. Desde hace cinco, el 12 de diciembre se celebra en todo el mundo la fiesta del clima, en el aniversario de la firma del Acuerdo de París en 2015. Gracias a la inversión en fuentes renovables de energía y en nuevas tecnologías que favorecen la eficiencia, la UE ha conseguido ser neutra en emisiones de carbono cinco años antes de lo previsto, en 2045, después de EEUU y China, y el resto de la OCDE está a punto de conseguirlo. El petróleo, el gas y el carbón que no se han consumido seguirán en el subsuelo para siempre…

Retrocedamos ahora hasta los alrededores de 2020, cuando se empezaron a desarrollar las herramientas necesarias para crear un entorno favorable a inversiones que favorecieran el cambio de modelo energético, habida cuenta de la evidencia científica que alertaba sobre los riesgos del calentamiento del planeta, que se aceleraba como consecuencia del incremento de emisiones de gases con efecto invernadero.

Con su plan de finanzas sostenibles, nacido en 2018, la Comisión europea buscaba el respaldo del sistema financiero para su agenda en materia de clima y desarrollo sostenible. Una agenda diseñada teniendo en cuenta que en la Unión Europea los recursos energéticos autóctonos son insuficientes para asegurar la satisfacción de la elevada demanda de su industria y sus ciudadanos a precios asequibles y de forma respetuosa con el medio ambiente. Por lo tanto, la apuesta por un modelo basado en fuentes renovables se planteaba como una necesidad, y se completaba con estrategias encaminadas al desarrollo de tecnologías para aprovechar el hidrógeno, mejorar el almacenamiento y favorecer la eficiencia al máximo, además de seguir explorando nuevas vías de suministro seguras, estables y asequibles. Era necesario, por tanto, dirigir hacia esos fines inversión suficiente, sembrando confianza en el mercado, pero sin poner en riesgo la satisfacción de las actuales necesidades.

Uno de los pilares centrales de esta estrategia era el Reglamento de taxonomía [1] , que creaba un lenguaje común para que los inversores puedan decidir con fiabilidad a la hora de aportar capitales a determinadas actividades con altas implicaciones ambientales. Es decir, se definía, dentro de estas actividades, qué criterios habían de cumplir para ser consideradas sostenibles. Se establecían obligaciones de transparencia para las empresas implicadas y, a partir de ahí, cada inversor podía calibrar los riesgos asociados y tomar sus decisiones.

Para la calificación de las actividades, el Reglamento recoge criterios técnicos y científicos, basados en dos principios: que las actividades supongan un beneficio ambiental y que, a la vez, no entrañen un daño significativo. Un ejemplo claro de esta dualidad era la energía nuclear que, con cero emisiones a la atmósfera, implica riesgos asociados a la gestión de sus residuos o a potenciales accidentes.

Al inicio de 2022, aun con una guía consensuada para la inversión, el camino hasta 2050 sigue siendo de tierra en su mayor parte. La misión para llegar con éxito al objetivo de neutralidad consiste en irla sustituyendo poco a poco por un empedrado duradero, de calidad. Sin embargo, en algún momento puede suceder que tengamos que poner una tabla de lado a lado mientras nos llegan los materiales y, para evitar los socavones, la Comisión ha propuesto la ampliación de la taxonomía al gas natural y la energía nuclear, dada su relevancia en el mix energético de los Estados miembros y su capacidad para contribuir a la descarbonización.

En su propuesta ha tenido en cuenta “el asesoramiento científico y el actual progreso tecnológico, así como los diferentes retos hacia la transición entre los Estados miembros”. Las reacciones han sido tan variadas como poco sorprendentes: mientras Francia o Finlandia, que cuentan con sistemas energéticos con una elevada proporción nuclear, apoyan la decisión sin reservas, Alemania ha vertido duras críticas a la misma. Sin embargo, dado que buena parte de sus necesidades energéticas se cubren con gas importado, no forma parte del grupo integrado por España, Austria, Dinamarca y Luxemburgo, que han cuestionado la propuesta y aseguran que supone “un paso atrás” y que manda una señal equivocada a los mercados financieros. En esta línea se ha pronunciado también la Plataforma de Finanzas sostenibles, el grupo de expertos que asesora a la Comisión Europea.

En el ámbito político, el partido popular europeo y el grupo parlamentario de reformistas y conservadores han dado su respaldo a la iniciativa, mientras desde la Izquierda Europea o la Alianza Verde el rechazo es frontal. Desde esta formación se ha subrayado que “Colar la energía sucia en una lista de inversiones sostenibles es la peor forma de greenwashing”. Por su parte, el grupo de socialistas y demócratas del Parlamento Europeo aboga por crear una categoría intermedia, que evite el etiquetado verde y adjudique a estas energías de transición una calificación rodeada de cautela, en la medida en que son importantes para la descarbonización, pero no pueden ser el objetivo de la transformación del sistema.

De hecho, las voces de algunos inversores se inclinan en este sentido, entendiendo que la Comisión ha buscado dar viabilidad política a la taxonomía para favorecer su aceptación. Se genera así una “taxonomía de transición” que requerirá revisar también la normativa sobre divulgación para mantener la fiabilidad de las calificaciones, pero de manera que se acabe obligando a los fondos a desvelar su exposición específica al gas y a la energía nuclear. Con ello, los inversores contarán con pautas fiables para asignar su capital de acuerdo con sus preferencias y, de acuerdo con el riesgo y la rentabilidad de cada activo, se seguirán realizando inversiones en todas las actividades económicas.

Y es que para superar obstáculos y socavones conviene tener preparadas tablas suficientes.

 

[1] Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles.

Artículo elaborado por Teresa Arozarena, Gerente ESG en Stakeholders Management en LLYC.